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Diferencias entre contrato y locación
Es importante tener en cuenta los elementos de estas dos figuras para evitar controversias laborales, y sanciones por parte de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral Sunafil.
Principalmente son:
Base legal
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- El contrato de trabajo está regulado por la legislación, especialmente Ley de Productividad y Competitividad Laboral (DS 003-97-TR de 27.03.97).
- La locación de servicios está regulada por los Arts. 1764 y siguientes del Código Civil.
¿Qué pasa si no tengo libros contables?
En caso de no llevar libros de contabilidad, el importe de la multa es del 0,6% de los ingresos netos. Este tipo de infracción rige para todos los regímenes tributarios, a excepción del Nuevo RUS.
Con frecuencia se comete este error cuando no se cuenta con el respaldo de un profesional que lleve la contabilidad, por ello nuestra recomendación es consultar con una empresa de outsourcing contable y tributario.
Multa por no llevar los libros contables o llevarlos con atraso
Según el artículo 4 del Código Tributario, hay que tener en cuenta que: «Llevar con atraso mayor al permitido por las normas vigentes, los libros de contabilidad u otros libros o registros exigidos por las leyes, reglamentos o por Resolución de Superintendencia de la SUNAT que se vinculen con la tributación.”
La multa equivale al 0,3% de los ingresos netos. Si se trata de aquellos que inician operaciones la multa será del 40% de la UIT, esto de acuerdo al artículo 180 del Código Tributario.
Se entiende por ingresos netos el total de las ventas netas y/o los ingresos por servicios y otros ingresos imponibles y no imponibles que una empresa ha generado en un ejercicio.
- Régimen General (RG): 0.3% de los Ingresos Netos.
- Régimen Mype Tributario: 0.3% de los Ingresos Netos.
- Régimen Especial de la Renta (RER): 0.3% de los Ingresos Netos.
Fuente: Perú Contable